Víctima online

Victimización online o ser víctima de ciberdelitos, o incluso cometerlos por desconocimiento, mala suerte o error, es un riesgo presente en la vida online.

Todos somos susceptibles de convertirnos en víctimas de ciberdelitos. La actividad cotidiana por medio de Internet es cada vez más abundante e intensa y, por ello, el grado de exposición es mayor y más crítico. Es preciso conocer el alcance de las propias acciones y prestar atención a la ciberseguridad. La información, aquí más que nunca, es poder.

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Los ciberdelitos: una nueva realidad delictiva

La actualidad cotidiana nos trae continuamente sucesos ilícitos que relacionan a las personas y su actividad online, sobre todo en el caso de adolescentes y jóvenes. En muchos casos tienen que ver con el ciberbullying o ciberacoso (amenazas, injurias, caso online…) pero hay una abundante y variada casuística: delitos contra la intimidad, estafas, daños por intrusión en sistemas ajenos, distribución de pornografía infantil… Y esta vez no nos sirve aludir a que se trata del mismo perro con distinto collar. No es cuestión de criminalizar la Red, sino de dar respuesta a nuevas necesidades derivadas de unas tecnologías que aportan oportunidades magníficas. Y esta es una nueva realidad, dicho sea de paso, como la que se da en las adicciones a las tecnologías en los menores, y no tan menores.

La vida online: Contexto susceptible a los conflictos

Por si fuera poco, esta situación, además, tiende a agravarse por cuanto la Red sigue proporcionando un sustrato adecuado para quienes, de forma consciente o no, realizan conductas impropias, inadecuadas o claramente ilegales:

  • Percepción de anonimato («no pueden saber que soy yo»).
  • Sensación de impunidad («mucha otra gente lo hace y no parece que les ocurra nada»).
  • Contenidos de carácter audiovisual cada vez más fáciles y cómodos de crear, transmitir y publicar (ya se pueden subir desde el móvil de forma muy ágil, sin pasar siquiera por el ordenador).
  • Redes sociales crecientes en número, variedad y adeptos, con abundancia de datos y material gráfico, inviables para cualquier intento de supervisión estricta de las actividades de sus usuarios online.
  • Herramientas o utilidades de «hacking» cada vez más sofisticadas y al alcance de un mayor número de internautas.
  • Nuevas formas de delito que se expanden con suma celeridad y mutan incluso antes de que se hayan podido tomar medidas contra las mismas.
  • Renovadas posibilidades de la Web 2.0, que hacen del internauta un protagonista cada vez más activo e influyente en la creación de múltiples contenidos.

Información como condición necesaria

En conclusión, debido a que diferentes instituciones y gran parte de la sociedad está falta de «actualización», esto es lo que tenemos:

  • Una nueva realidad en la que abunda la comisión de delitos, esto es, la transgresión de derechos.
  • Adultos no preparados para una labor de información y educación específica en este área.
  • Adolescentes con características que les hacen propensos a cruzar la línea.
  • Contexto con especificidades que facilitan los nuevos conflictos.

Muchas de estas cosas son difíciles de abordar pero es imprescindible hacer lo posible cuanto antes. Quizás algo sencillo, pero a la vez muy efectivo y que nunca se ha hecho, sea, simplemente, INFORMAR.


Ciberdelitos
(Las imágenes utilizadas en las descripciones han sido extraídas de PantallasAmigas)

Ciberviolencia de género

La violencia contra las mujeres, en muchos casos adolescentes y jóvenes, es un problema que ha encontrado en Internet un nuevo contexto y nuevas formas para su desarrollo.

Más allá del ciberacoso sexual y otras formas de violencia sexual digital, la victimización de las mujeres online cobra especial relevancia impulsada por dos características adicionales que presenta la Red.

  • La facilidad para hacer daño, ayudada por un alto grado de impunidad y las dificultades para mantener la privacidad.
  • El contacto permanente con la víctima, en forma de control, que el agresor puede mantener de manera especial con la popularización de smartphones, redes sociales y Apps de mensajería instantánea como WhatsApp o Telegram.

Esta ciberviolencia machista por medio de Internet y otras TIC se manifiesta de muy diversas maneras, algunas con carácter claramente sexual y otras no.

El siguiente es un listado no exhaustivo:

  • Sextorsión contra mujeres.
  • Violencia verbal (insultos, desprecios, etc.): en redes sociales, chats, blogs, email, webs humilladores, etc.
  • Escalada de un enfrentamiento online a violencia física real.
  • Acceso ilegal a perfiles en redes sociales para humillar o para realizar alguna otra acción contra la mujer, calificable como violencia.
  • Amenazas, coacciones y otros ciberdelitos semejantes, efectuados online o por SMS.
  • Ciberbullying contra una niña o adolescente.
  • Ciberacoso (sexual o no) contra mujeres. P.ej. el realizado por personas que publican teléfonos y/o fotos de mujeres en webs de servicios sexuales para que las molesten (cyber-harassment).
  • Publicación de fotos de ex-novias desnudas con o sin comentarios humillantes o de fotos robadas de mujeres desnudas o en cuartos de baño, duchas, etc.
  • Cualquier otra difusión no autorizada de fotos o vídeos de sexting protagonizados por mujeres.
  • Otros tipos de violaciones de la privacidad en relación con las TIC: p.ej. el uso de dispositivos de espionaje entre parejas: cámaras ocultas, spyware, keyloggers, GPS, etc.
  • Uso de teléfonos móviles para controlar y vigilar a mujeres víctimas de violencia machista por parte de sus agresores.
  • Explotación sexual online (sexcams).
  • Exhibicionismo online: obligar a ver imágenes sexuales propias, p.ej. vía webcam.
  • Captación online de mujeres para la trata.
  • La redifusión (reenvío) de cualquiera de estas acciones.

Ciberbullying

Su alta prevalencia, la gravedad de sus consecuencias y las dificultades para la prevención e intervención han hecho de este fenómeno el principal azote digital de niños, niñas y adolescentes. La inmediatez, facilidad y disponibilidad para causar daño, la potencia de Internet, la dificultad de desarrollar la empatía en el entorno digital… son algunos de los factores que hacen que el ciberacoso entre iguales se haya convertido en el problema más relevante que afecta a la infancia y la adolescencia online.

¿Qué es el Ciberbullying?

El ciberbullying es el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen.

¿Qué no es el ciberbullying?

Por tanto, tiene que haber menores en ambos extremos del ataque para que se considere ciberbullying: si hay algún adulto, entonces estamos ante algún otro tipo de ciberacoso.

Tampoco se trata de adultos que engatusan a menores para encontrarse con ellos fuera de la Red o explotar sus imágenes sexuales. Aunque hay veces en que un/a menor comienza una campaña de ciberbullying que puede acabar implicando a adultos con intenciones sexuales.

¿Cuándo estamos ante un caso de ciberbullying?

Estamos ante un caso de ciberbullying cuando un o una menor atormenta, amenaza, hostiga, humilla o molesta a otro/a mediante Internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas.

Según el Estudio sobre hábitos seguros en el uso de las TIC por los menores publicado por el INTECO en marzo de 2009 el ciberbullying se define como acoso entre iguales en el entorno TIC, e incluye actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños.

¿Qué tiene que ver el ciberbullying con el bullying o acoso escolar?

No son tan similares como podría pensarse. En ambos se da un abuso entre iguales, pero poco más tienen que ver en la mayoría de los casos. El ciberbullying atiende a otras causas, se manifiesta de formas muy diversas y sus estrategias de abordamiento y consecuencias también difieren. Sí es bastante posible que el bullying sea seguido de ciberbullying.

También es posible que el ciberbullying pueda acabar también en una situación de bullying, pero desde luego esto último sí que es poco probable.

¿Por qué es especialmente grave el ciberbullying?

El anonimato, la no percepción directa e inmediata del daño causado y la adopción de roles imaginarios en la Red convierten al ciberbullying en un grave problema.

Sinónimos

Además de la adaptación del neologismo inglés (cyber-bullying) se utilizan en castellano otros términos para denominar al ciberbullying, combinando el prefijo ciber- o los adjetivos online o virtual con las palabras matonajematoneo o abuso, asociadas con la denominación de matones o abusones para los que efectúan el bullying. Así podemos encontrarnos con los siguientes sinónimos de ciberbullyingciberabuso, cibermantonaje, cibermatoneo; abuso online, mantonaje online, matoneo online; abuso virtual. Además, en inglés también se utilizan e-bullying y online bullying.

¿Cómo se manifiesta el ciberbullying?

Las formas que adopta son muy variadas y sólo se encuentran limitadas por la pericia tecnológica y la imaginación de los menores acosadores, lo cual es poco esperanzador. Algunos ejemplos concretos podrían ser los siguientes:

  • Colgar en Internet una imagen comprometida (real o efectuada mediante fotomontajes) datos delicados, cosas que pueden perjudicar o avergonzar a la víctima y darlo a conocer en su entorno de relaciones.
  • Dar de alta, con foto incluida, a la víctima en un web donde se trata de votar a la persona más fea, a la menos inteligente… y cargarle de puntos o votos para que aparezca en los primeros lugares.
  • Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima, en redes sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en primera persona determinados acontecimientos personales, demandas explícitas de contactos sexuales…
  • Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats haciéndose pasar por la víctima de manera que las reacciones vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad.
  • Dando de alta la dirección de correo electrónico en determinados sitios para que luego sea víctima de spam, de contactos con desconocidos…
  • Usurpar su clave de correo electrónico para, además de cambiarla de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar, leer los mensajes que a su buzón le llegan violando su intimidad.
  • Provocar a la víctima en servicios web que cuentan con una persona responsable de vigilar o moderar lo que allí pasa (chats, juegos online, comunidades virtuales…) para conseguir una reacción violenta que, una vez denunciada o evidenciada, le suponga la exclusión de quien realmente venía siendo la víctima.
  • Hacer circular rumores en los cuales a la víctima se le suponga un comportamiento reprochable, ofensivo o desleal, de forma que sean otros quienes, sin poner en duda lo que leen, ejerzan sus propias formas de represalia o acoso.
  • Enviar menajes amenazantes por e-mail o SMS, perseguir y acechar a la víctima en los lugares de Internet en los que se relaciona de manera habitual provocándole una sensación de completo agobio.
cibervíctima


Stalking 

Stalking, es conocido también como hostigamiento o acoso-acecho, es otro de los delitos que se puede presentar mediante las redes sociales.

Se refiere al hecho de acoso, persecución, intromisión constante que una persona hace a otra. Consiste en la persecución ininterrumpida e intrusiva a una persona con la que se pretende iniciar o restablecer un contacto personal contra su voluntad mediante mensajes a través de las redes sociales.

Las víctimas de hostigamiento o stalking pueden llegar a alterar de manera significativa su entorno y salud tanto física como mental.

El stalking perturba la tranquilidad de la vida cotidiana de las víctimas, provocando alteraciones, miedo y angustia.

Grooming o ciberacoso sexual

El ciberacoso sexual a niños, niñas y adolescentes, también conocido como Internet grooming o child grooming es un problema en aumento.

Esto se debe a la facilidad de comunicación que permite la red y de la dificultad para la supervisión parental de la vida digital, factores ambos que posibilitan que los pederastas vean en Internet un contexto y una herramienta para perpetrar su acoso.

El grooming de menores en Internet es un fenómeno que podríamos traducir como engatusamiento y que se utiliza para describir las prácticas online de ciertos adultos para ganarse la confianza de un (o una) menor fingiendo empatía, cariño, etc. con fines de satisfacción sexual (como mínimo, y casi siempre, obtener imágenes del/a menor desnudo/a o realizando actos sexuales). Por tanto, está muy relacionado con la pederastia y la pornografía infantil en Internet. De hecho, el grooming es en muchas ocasiones la antesala de un abuso sexual.

¿Es un delito el grooming?

La Convención sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual de 2007 fue el primer documento internacional en señalar como delitos penales las distintas formas de abuso sexual de menores, incluyendo el grooming y el turismo sexual.

En algunas legislaciones ya en marcha en algunos países se considera el grooming como un delito preparatorio para otro de carácter sexual más grave.

  • En Alemania se pena con privación de libertad de 3 meses a 5 años al que ejerza influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido.
  • Australia también pena con 15 años de prisión el uso de Internet para buscar actividades sexuales con personas menores de 16 años de edad.
  • Escocia: penan con hasta 10 años de cárcel la reunión con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares a través del chat.
  • Estados Unidos: se prohibe trasmitir datos personales de menores de 16 años con el fin de cometer delitos de carácter sexual. En Florida aprobaron en 2007 la Ley de Cibercrímenes contra Menores, que sanciona a quienes contacten con menores por Internet y luego se encuentren con ellos con el fin de abusar sexualmente. 
  • En España se puso marcha a finales de 2008 una reforma del Código Penal que donde la pederastia y la pornografía infantil verán agravadas las penas (que serán, en todo caso, de prisión). También tipificará como delito la captación de menores con fines sexuales a través de Internet así como considerar agresión sexual (aunque no haya violencia ni intimidación) aquellos actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, cuando la víctima sea menor de edad.

Desde octubre de 2011 una nueva Directiva europea aborda el delito de grooming y castiga que un adulto solicite sexualmente a un menor que no ha llegado a la edad de consentimiento sexual.  La Directiva indica que la pena deberá ser de al menos un año de prisión cuando se hayan realizado efectivamente actos encaminados a mantener dicho encuentro sexual. La solicitud de material pornográfico de un(a) adulto/a a un(a) menor por debajo de dicha edad también es considerada delito por dicha normativa.

El combate contra el grooming, en un informe del Innocenti Research Center de UNICEF

El estudio realiza una definición de online grooming que excluye la necesidad de engaño, y lo amplía a cualquier persona que intente contactar con un(a) menor con intenciones sexuales, aunque lo haga abiertamente. Estas intenciones según el estudio se centran en un contacto sexual online, generalmente vía webcam, y que genera material que más tarde es compartido con otros, y que sólo en algunas ocasiones lleva o pretende llevar a un encuentro sexual físico.

Los lugares de la Red donde se realiza habitualmente el grooming son, según el estudio:

  • Salas de chat
  • Redes sociales online
  • Servicios de mensajería instantánea

Según inveestigaciones, un groomer medio puede tener hasta 200 menores en sus listas de amigos, en diferentes fases del proceso de grooming cada una, el cual puede durar desde unos minutos a unos meses. Los datos indican que las víctimas más frecuentes del grooming son las chicas adolescentes.

La práctica del sexting está experimentando un constante aumento y, como práctica de riesgo, está en el origen de numerosos problemas.

Sexting, una práctica de riesgo

Estos problemas pueden ser legales, especialmente cuando hay niños y niñas implicados, relacionados con la privacidad o el derecho a la propia imagen, con el ciberbullying, con el ciberacoso sexual e incluso con la sextorsión.

CONSEJOS PARA ADOLESCENTES

1. No lo produzcas sin estar informado

Si te sacas una fotografía erótica y se la envías a alguien mediante un móvil o Internet, pierdes inmediatamente el control sobre dónde podrá acabar algún día. Al menos, sé consciente de esto. Y si se la sacas a alguien, asegúrate de tener su permiso y de las implicaciones que podría tener perderla o que te la robasen. Y, por supuesto, tener permiso para sacar una foto a alguien para uso privado ¡no significa que tengas permiso para difundirla!

2. No lo transmitas. No lo viralices.

Si te llega una foto o vídeo de algún/a conocido/a, no colabores en su expansión pues podría tener consecuencias graves tanto para él/ella como para ti.

  • Desnudez y minoría de edad, delito de pornografía infantil. La pornografía infantil es un delito cuando se crea, se posee o se distribuye. Se considera pornografía infantil la protagonizada por quien no ha cumplido los 18 años. Si te llegan este tipo de imágenes, bórralas de inmediato. Si crees que su difusión está dañando a alguien, ponlo antes en conocimiento de una persona adulta.
  • La imagen es un dato personal cuyo uso está protegido por la Ley. La imagen de alguien no se puede utilizar sin el consentimiento de la persona implicada. En ciertos casos hace falta incluso otro tipo de autorizaciones. No lo olvides. Si hay problemas, esto puede ponerse sobre la mesa y comprometerte.
  • Recibir o tomar una imagen de una persona no te da derecho a distribuirla. El hecho de contar con una imagen (fotografía o vídeo) en tu teléfono móvil no significa que tengas derecho a hacer con ella lo que quieras. Son cosas diferentes. Incluso si te dieron permiso para tomar la imagen, no significa que la puedas enviar a terceros.
  • La Ley actúa siempre, también para los menores, con Internet y los móviles. Que todo el mundo lo haga, que consideres que no van a poder identificarte, o que seas menor de edad no te libra del peso de la justicia. Las leyes están para protegerte y por eso actúan en todos los ámbitos. También protegen a los demás, y te pedirán cuentas si no respetas las reglas.
  • No participes con tu acción, tu risa o tu omisión. Cuando el sexting deriva en humillación y acoso colectivo, la víctima sufre un daño enorme, un sufrimiento extremo. Si lo promueves y lo jaleas, eres responsable. Si te callas, tu silencio ayuda a quien acosa y hiere a la víctima.

3. No insistas.

No le solicites a nadie ese tipo de fotografías puesto que, aunque tú no tengas malas intenciones, alguna tercera persona podría hacerse con ellas y haceros mal a ti o a tu novio o novia.M

Sextorsión

La sextorsión tiene su origen en el chantaje realizado a partir de la posesión por parte del chantajista de una imagen íntima.

La finalidad de este chantaje suele ser la obtención de dinero, el dominio de la voluntad de la víctima o la victimización sexual de la misma (muy común en los casos de internet grooming o de ciberviolencia de género).

¿Qué es la sextorsión?    Sexo + ¿extorsión?

Este neologismo tiene su origen en el inglés sextortion, que según definía la Wikipedia es una forma de explotación sexual en la cual se chantajea a una persona por medio de una imagen de sí misma desnuda que ha compartido a través de Internet mediante sexting.

La sextorsión o extorsión sexual es una forma de chantaje sexual, generalmente por aplicaciones de mensajería por Internet, con imágenes o vídeos de sí misma desnuda o realizando actos sexuales que generalmente es compartida con fines de que se haga viral.

La víctima es posteriormente coaccionada para tener relaciones sexuales con el/la chantajista, para producir pornografía,para solicitar dinero u otras acciones.

El chantaje se suele realizar por Internet, ya que asegura un cierto grado de anonimato al criminal.

“Ante las estrategias de chantaje [que se pueden dar en las redes sociales] los adolescentes no tienen la suficiente capacidad de reacción para pedir ayuda, y entran en una dinámica que tiene graves consecuencias”.  (Jorge Flores Fernández, director de PantallasAmigas)

Tipos de sextorsión

La sextorsión puede ser:

  • A menores de edad o a adultos.
  • Por medio de imágenes obtenidas mediante webcam, e-mail, mensajería instantánea, teléfonos u otros dispositivos móviles: es decir, por todos los medios que sirven para realizar sexting.
  • Por medio de imágenes obtenidas en el contexto de una relación sentimental.
  • Con objeto de un abuso sexual, una explotación pornográfica para uso privado, para redes pedófilas o comercial, una extorsión económica o cualquier otro tipo de coacción.
  • Puntual o continuada.
  • Realizada por conocidos, ex-amantes o personas desconocidas.

Revenge porn, pornovenganza o porno vengativo

La publicación de imágenes pornográficas puede tener muy distintas finalidades. La pornovenganza, que tiene como objetivo último causar un mal a otra persona que no ha consentido el uso en público de sus imágenes íntimas, es el fenómeno que más está creciendo y que crea una mayor victimización siendo las mujeres las afectadas en casi todos los casos.

Una sociedad machista donde el ejercicio de la sexualidad femenina se percibe socialmente de manera muy diferente al equivalente por parte de los hombres, así como la normalización de la grabación e intercambio de imágenes íntimas entre parejas, son el caldo de cultivo para que la pornovenganza esté cobrándose cada vez más víctimas y constituyendo una forma creciente de violencia de género sexual digital.

Robo de identidad, identity theft o ID theft

La usurpación de identidad es uno de los ciberdelitos más comunes y suele tener una finalidad económica (compra de bienes o contratación de servicios a cargo de la identidad afectada) o bien un fin relacionado con el ciberacoso y que busca en última instancia provocar problemas a la víctima.

El hecho de que vivamos buena parte de nuestra vida en el contexto digital hace que nuestra presencia física sea prescindible en muchas ocasiones, tanto en nuestras relaciones personales como en las contrataciones comerciales. Si a ello sumamos cierta falta de cultura de la privacidad y de la ciberseguridad que afecta a la práctica totalidad la población, tenemos que el hecho de que nuestra identidad sea robada (duplicada, más bien) es más una cuestión de probabilidad que de posibilidad.

Phishing

Una fase avanzada de robo online es el robo de identidad que ocurre cuando alguien se apropia de los datos de acceso (usuario y contraseña) a nuestro correo electrónico, cuentas de redes sociales, etcétera y actúa en nuestro nombre dañando así nuestra reputación online además de poder provocar de nuevo importantes pérdidas económicas.

Phishing es un ciberdelito por el que los ciberdelincuentes intentan conocer los datos confidenciales de cualquier usuario de internet, principalmente datos de acceso a diferentes servicios, así como números de tarjetas de crédito o cuentas bancarias con el objetivo principal de robar dinero o conseguir datos bancarios con los que efectuar un fraude, es decir, compras a nuestro nombre. Su modus operandi es mediante el envío de un correo electrónico que nos reconduce a sitios web falsos construidos a imagen y semejanza de los auténticos. Por ello resulta tan importante no pulsar enlaces de correo que no conocemos, ni de ofertas increíbles.

Privacidad y Protección de datos

La privacidad (y la protección de datos personales) además de ser un derecho es un factor de protección ante situaciones de ciberacoso. Por otro lado, afecta a algo tan importante como la identidad y reputación digital. Además del control de la industria y las plataformas online, el fomento de la cultura de la privacidad es muy importante

Gossiping

El gossiping es otra tendencia en alza que puede resultar peligrosa para los adolescentes. Consiste en la creación de foros y salas de chat anónimas donde se comentan rumores.

Algunos estudiantes han creado sitios Informer locales donde se producen avalancha de rumores y maledicencias sobre otras personas del entorno cercano. Ha habido numerosas denuncias por calumnias y acoso de alumnos y profesores  y se ha llegado a activar un plan de información en escuelas y universidades, para concienciar a los alumnos de la importancia del derecho al honor y la intimidad frente a la libertad de expresión que permite la tecnología. Por su parte, Gossip es una aplicación española para iPhone de similares características, que permite el envío de rumores de móvil a móvil. Aunque no ha llegado a los niveles de Informer, ha creado también mucha polémica.

Si has padecido victimización online, recuerda que es recomendable buscar ayuda social, familiar, legal y psicológica. Para la mayoría de las víctimas de ciberdelitos es necesario, en muchos casos, acudir a un profesional que pueda realizar una evaluación exhaustiva de las secuelas psicológicas, así como acudir a tratamiento psicológico ya que el daño psíquico puede ser incluso más intenso en este tipo de delitos online.

Fuentes:

https://www.pantallasamigas.net/ciberdelitos
https://techlandia.com/
https://es.wikipedia.org
https://www.unicef-irc
http://familiaiescola.gencat.cat/ca/


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Laura Asensi ~ Psicóloga Clínica y Forense